Materiales para 5to y 6to

Materiales 5 to. Desde la era napoleónica hasta la Restauración

Datos Cronológicos

1794 Reacción de los moderados frente a los jacobinos. Creación de un Directorio de cinco miembros.
1799 Se establece el Consulado. Tres miembros. Primer cónsul Napoleón.
1802 Carácter vitalicio para el primer cónsul. Reformas sociales y económicas inspiradas en la Ilustración.
1804 Una nueva Constitución convierte a Napoleón en emperador.
1806 Expansión del imperio napoleónico en Europa. Sistema continental contra Inglaterra (bloqueo comercial)
1815 Derrota definitiva de Napoleón. Congreso de Viena.


1) Un retrato de Napoleón

“Bonaparte, como la raza de los príncipes, sólo ha querido y buscado el poder, y ha llegado a él a través de la libertad (…) Bonaparte no es grande por sus palabras, ni por sus discursos, ni por sus escritos, ni por su amor a las libertades, que jamás tuvo ni intento establecer. Es grande por haber creado un gobierno regular y poderoso, un código de leyes adoptado en diversos países, tribunales de justicia, escuelas, una administración fuerte, activa, inteligente, y sobre la cual aún vivimos. Es grande por haber resucitado a Italia. Es grande por haber hecho renacer en Francia el orden del seno del caos; por haber reducido al orden a furiosos demagogos, a orgullosos sabios, a volterianos ateos, a oradores de plaza, a asesinos de cárceles y de calles”.

François René, vizconde de Chateaubriand
Memorias de ultratumba (1848-1850), publicación póstuma.

La herencia de Napoleón

“Alguna vez se ha considerado a Napoleón el último déspota ilustrado, el hombre que concentra en sus manos un poder ilimitado para proceder a reformas, y en efecto, el refuerzo del poder central y la modernización de la administración habían caracterizado a las monarquías del siglo XVII. Pero, por otra parte, Napoleón es un hijo de la Revolución, que mantuvo el principio de la libertad de los campesinos y la igualdad civil, aún mostrando al mismo tiempo que no era incompatible con la prepotencia social de los notables”.

Antonio Fernández

2) La Restauración


Después de la caída de Napoleón en 1815, los representantes de los países vencedores (Austria, Rusia, Gran Bretaña y Prusia) se reunieron en el Congreso de Viena. El Congreso tuvo como principal objetivo la Restauración del Antiguo Régimen y, por supuesto, de los gobiernos absolutistas anteriores a la época revolucionaria.
La Restauración se fundamenta en tres principios básicos: 1) el de la legitimidad, que restauraba en el poder a los llamados monarcas legítimos destronados durante la era napoleónica; 2) el de compensación, por el que algunos países recibirían territorios por las perdidas sufridas; 3) el de equilibrio del poder, con el que se buscaba impedir que una nación determinada llegara a ser tan poderosa que se constituyera en una amenaza para la soberanía de las demás.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el Congreso de Viena, se realizó una serie de acuerdos y alianzas; el primero de ellos fue la llamada Santa Alianza, pacto firmado por Rusia, Austria y Prusia. Más tarde fue la Cuádruple Alianza, creada por Rusia, Austria, Prusia y Gran Bretaña. Esta alianza creaba una organización destinada a dar cumplimiento de los tratados impuestos a Francia, y ha sido considerada como un intento para evitar que despertara el espíritu revolucionario de Francia, o que surgiera un nuevo imperio como el de Napoleón.

Monarquías absolutas y constitucionales

El principio de la legitimidad y las prerrogativas reales conciliados con la concesión de algunas libertades. El sistema de “carta otorgada”

“La Divina Providencia, volviéndonos a llamar a nuestros Estados después de una larga ausencia, nos ha impuesto grandes obligaciones. La primera necesidad de nuestros súbditos es la paz. Nos estamos ocupando de ella sin descanso, y esta paz, tan necesaria para Francia como para el resto de Europa, está firmada. El estado actual del Reino requería una Carta Constitucional; la habíamos prometido y la publicamos. Hemos considerado que aunque en Francia la autoridad resida completamente en la persona del Rey, nuestros predecesores no habían vacilado nunca en modificar su ejercicio a tenor de la evolución de los tiempos. Hemos podido apreciar los efectos del progreso de la Ilustración y las graves alteraciones que se derivaron de ello (…) Al mismo tiempo que reconocemos que una Constitución libre y monárquica debe llenar las esperanzas de la Europa ilustrada, hemos debido recordar también que nuestro primer deber hacia nuestros pueblos era el de conservar, para su propio interés, los derechos y prerrogativas de nuestra Corona. Hemos esperado que, instruidos por la experiencia, estén convencidos de que solo la autoridad suprema puede dar a las instituciones por ella establecidas la fuerza, la permanencia y la majestad de que ella misma está revestida”…

Preámbulo de la Carta Constitucional francesa. 1814.

Ejercicio: Subraya en el texto todas las afirmaciones que contradicen las ideas del liberalismo revolucionario del siglo XVIII

La Santa Alianza

“De acuerdo con las palabras de las Santas Escrituras, que ordenan a todos los hombres mirarse como hermanos, los tres monarcas contratantes permanecerán unidos por los lazos de una verdadera e indisoluble fraternidad (…), se prestaran, en toda ocasión y en todo lugar asistencia, ayuda y socorro, teniéndose en cuenta como padres de familia en relación con sus súbditos y ejércitos, a quienes dirigirán con el mismo espíritu de fraternidad con que están animados para proteger la religión, la paz y la justicia”.

Fragmento del pacto de la Santa Alianza entre Austria, Prusia y Rusia


“En su deseo de eliminar las huellas de la revolución y las conquistas del Imperio, la Europa de 1815 se convirtió en una Europa legitimista, clerical y reaccionaria. Sin embargo, los gérmenes de las ideas de 1789 permanecieron vivos. El descontento fue incubando desde los intelectuales al proletariado, desde los liberales a los demócratas, desde los burgueses ilustrados a los obreros desarraigados por la naciente revolución industrial, en casi todas las clases sociales y en casi todos los países. Este descontento espontáneo, esta revolución latente hallaron su justificación en diversos tipos de ideologías, moderadas unas, virulentas otras. La Europa de 1815 estaba madura para una larga sucesión de revoluciones”.

Jean Baptiste Duroselle

Materiales 5 to Las Revoluciones liberales o Burguesas. Parte II

4) Las tendencias de la Revolución en Francia

A-Los principios del 89. La tendencia moderada.
- Preponderancia de las libertades individuales.
-laissez faire, laissez passer. Aplicación del liberalismo económico.
-Intento, muy limitado, de redistribución de la riqueza.
- Legislación contra las coaliciones de patrones y de obreros (corporaciones).
- Ciudadanos activos y ciudadanos pasivos.

La política económica liberal

“(…) Tanto el monopolio como el privilegio dificultaban la competencia comercial e industrial; el monopolio colectivo de los poderosos, en las corporaciones; monopolios y privilegios particulares de ciertas empresas, manufacturas y compañías. Tanto en el interior como en el exterior, la circulación de productos estaba obstaculizada por tarifas proteccionistas, pactos, contribuciones indirectas y consumos… La Constituyente aparta la mayoría de los obstáculos en virtud de la libertad de acción y de la libre circulación. En cuanto a las novedades que traerá consigo la libre circulación, se trata concretamente del fin de los impuestos indirectos (…) Si le volvemos a colocar en su ambiente, el individuo debe ser único y libre agente, el único y libre actor de la creación y de la circulación de las riquezas, el único y libre dueños de su propiedad, como una opción de productividad y de igualdad en la competencia; más aún, y esto para un efímero presente, como una política de bienestar social”.

Mousnier-Labrousse


Legislación contra las corporaciones (agremiaciones); Ley le Chapelier

“Muchas personas han buscado la recreación de las corporaciones abolidas, formando asambleas de artes, oficios, artesanías. El fin de estas asambleas que se propagan en el reino y que han establecido vínculos entre ellas, es forzar a los empresarios a aumentar el precio de la jornada de trabajo (…) Debe, sin duda, permitirse a los ciudadanos que se reúnan, pero no a los de ciertos profesiones con pretendidos intereses comunes. No hay más corporaciones en el estado, no hay más que el interés particular de cada uno y el interés general. No se permite a nadie inspirar a los ciudadanos un interés intermediario, que los separe de la cosa pública por el espíritu de las corporaciones”.

Fragmento del discurso de Le Chapelier al presentar el proyecto de la ley que lleva su nombre.

La democracia censitaria

“Por consiguiente, la nación, representada por una Asamblea legislativa única, vencerá en breve plazo al rey; pero, de esta nación política queda excluida una parte de la nación popular. A pesar de las primicias de la igualdad de derechos, que parecía prometer el sufragio universal, la Asamblea acuerda que el sufragio se base en el censo. De todos modos, nunca se había pensado en lo primero. Para la inmensa mayoría de los constituyentes, únicamente la propiedad, garantía empírica de discernimiento, de independencia y de cordura social, podía verdaderamente sostener la plena ciudadanía”.

Mousnier-Labrousse

La obra de los constituyentes del 91

“He aquí, solemnemente realizada, con la Constitución de 1791 la subversión del Antiguo Régimen y de la antigua sociedad. La realeza milenaria ha muerto. El que antaño era primer caballero de Francia ahora es tan sólo el primer funcionario público de la nación, creado por ella, pagado por ella, que puede destituirle, como si hubiera abdicado, si se niega a prestarle juramento o si se retracta de dicho juramento, si se pone al frente de un ejército reclutado contra el país o si permite que dicho ejercito actué o bien si, tras haber salido de Francia, no regresa cuando sea requerido por el cuerpo legislativo. (…) En la mente de los vencedores, las antiguas “superioridades” están aniquiladas. A partir de ahora, sólo se tendrá, en cuenta el dinero y el talento. El funcionamiento del nuevo sistema le garantiza a la alta y media burguesía, a sus representantes, la realidad del poder. A pesar de las disidencias, el régimen ha adquirido un sólido apoyo popular en el conjunto del país… Pero las fuerzas de la Revolución, en cuyo interior la pequeña burguesía aliada con las clases populares va a desempeñar un papel decisivo, aún pretenden ir más lejos. Cuando estalle la guerra general, cuando el peligro de derecha presione mortalmente al régimen, la necesidad pública concederá sus posibilidades a un nuevo ‘movimiento’”

B-La tendencia democrática-revolucionaria

Un extracto de “El amigo del pueblo” Agosto de 1792.

“Pero, ¿cuál es el deber del pueblo? No hay más que dos partidos a tomar. El primero, es el de apurar el juicio de los traidores detenidos en la abadía, dominar los tribunales criminales y la asamblea y si los traidores son absueltos masacrarlos con el nuevo tribunal. El último partido, que es el más seguro, y el más sabio, es el de presentarse en armas en la Abadía, arrancar de ella a los traidores, particularmente los oficiales suizos y sus cómplices, y pasarlos por el filo de la espada, ¡qué locura sería hacerles un juicio! Apurémonos nosotros también a armarnos, no nos dejemos sorprender por nuestros enemigos. ¡De pie, franceses, si queréis vivir libres; de pie, que la sangre de los traidores empiece a correr!

Marat

Declaración de derechos del Hombre y del ciudadano de 1793:

1- El fin de la sociedad es la felicidad común. El gobierno es instituido para garantizar al hombre el goce de sus derechos naturales y duraderos.
21- Los socorros públicos son una deuda sagrada. La sociedad debe la subsistencia a los ciudadanos desgraciados, ya sea procurándoles trabajo, o asegurándoles los medios de existencia a los que están imposibilitados de trabajar.
22- La instrucción es la necesidad de todos. La sociedad debe favorecer con todo su poder el progreso de la razón pública, poniendo la instrucción al alcance de todos los ciudadanos.
35- Cuando el gobierno viola los derechos del pueblo, la insurrección es para éste y para cada parte del pueblo, el más sagrado y el más indispensable de los deberes.

C- La vuelta al predominio de la tendencia burguesa moderada.

Declaración de derechos de 1795
2- La igualdad consiste en que la ley es la misma para todos, tanto cuando protege, como cuando castiga. La igualdad no admite ninguna distinción de nacimiento, ninguna herencia de poderes.
8- Es en el mantenimiento de la propiedad que reposa el cultivo de la tierra, todas las producciones, todo medio de trabajo, y todo el orden social.

5) La obra revolucionaria

A- Abolición del Antiguo Régimen

Los principios ideológicos. Las declaraciones de Derechos.

En Inglaterra:
“En estas circunstancias, los llamados Lores espirituales y temporales y los Comunes, hoy unidos en virtud de sus cartas y elecciones, constituyendo conjuntamente la representación plena y libre de la nación, y considerando seriamente los mejores medios de alcanzar el objetivo mencionado, declaran: Primero ( como sus antepasados hicieron siempre en parecidos casos), para asegurar sus antiguos derechos y libertades.
1º) Que el pretendido poder de la autoridad real de suspender las leyes o de ejecutar leyes sin el consentimiento del Parlamento es ilegal.
2º) Que el pretendido poder de la autoridad real de ser exonerado de las leyes o de la ejecución de las leyes, como ha sido usurpado y ejercido en el pasado, es ilegal.
5º) Que es un derecho de los individuos el presentar peticiones al Rey y que todo encarcelamiento o persecución en razón de esas peticiones es ilegal.
9º) Que ni la libertad de palabra ni la de los debates o procesos en el seno del Parlamento, puede ser coartada o puesta en discusión en ninguna corte ni en el mismo Parlamento.

Declaración de Derechos de 1689.

En los Estados Unidos:

1ra Enmienda: El Congreso no podrá hacer ninguna ley concerniente al establecimiento de una religión o prohibiendo su libre ejercicio, restringiendo la libertad de palabra o de prensa, o referente al derecho de los ciudadanos de reunirse pacíficamente y dirigir peticiones al Gobierno para elevarle sus quejas.
4ta Enmienda: El derecho de los ciudadanos de ser protegidos en sus personas, susa casas, sus efectos y de estar protegidos de toda pesquisa o embargo sin razón no podrá ser violado y no podrán ser dadas órdenes de pesquisa o de embargo más que por causa pausible, apoyada en el juramento o la afirmación de los demandantes. La orden deberá contener siempre la descripción del lugar en donde debe hacerse la pesquisa, así como la de las personas o de las cosas que deban ser embargadas.
Enmiendas a la Constitución de los EE.UU


En Francia:

Declaración de los derechos del Hombre y del ciudadano. 26 de agosto de 1789

Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea Nacional, considerando que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos del Hombre, son las únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer, en una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados del Hombre…
Artículo 1: Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden estar fundadas en la utilidad común.
Artículo 2: El fin de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales y duraderos del hombre. Estos derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.
Artículo 3: El principio de toda soberanía reside en la nación. Ningún cuerpo, ningún individuo, puede ejercer autoridad que no emane expresamente de ella.
Artículo 6: La ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a participar personalmente, o por sus representantes, en su formación. La ley debe ser la misma para todos, tanto si protege como si castiga. Todos los ciudadanos, siendo iguales a sus ojos, son igualmente admisibles a todas las dignidades, cargos y empleos públicos, según sus capacidades, y sin otra distinción que la de sus virtudes y talentos.

B- La nueva sociedad

-Igualdad de las personas

Supresión de los títulos nobiliarios. Decreto del 19 de junio de 1790.
Francia.

“La nobleza hereditaria es abolida para siempre; en consecuencia los títulos de príncipe, de duque, de conde, marqués, vizconde, vidamo, barón, caballero… y todos los otros títulos semejantes no serán tomados por quien sea, ni dados a nadie. Ningún ciudadano podrá tomar otro nombre que el de su familia; nadie podrá llevar ni hacer llevar libreas, ni tener escudo de armas… Los títulos de monseñor y de monseñores no serán dados a ningún cuerpo, a ningún individuo, así como los títulos de excelencia y de alteza…”

-Sustitución de los estamentos, privilegios y títulos por clases sociales basadas en el nuevo régimen de la propiedad.

Inviolabilidad de la propiedad:

En los EE.UU: 5º enmienda a la Constitución: “Ninguna propiedad privada será tomada para el uso público sin una justa indemnización”.
En Francia: Art. 27 de la Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano: “La propiedad un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella más que si la necesidad pública, legalmente constatada, lo exija evidentemente, y bajo la condición de una justa y previa indemnización”.

-Redistribución de la propiedad rural en Francia, a partir de la nacionalización de los bienes del clero. Libertad de cerrar y cultivar los campos.
- Abolición de las corporaciones, de las asociaciones profesionales y prohibición de la huelga.
- Libertad de comercio, de trabajo; abolición de casi todos los impuestos indirectos.
- Puesta en práctica de las principales ideas del pensamiento fisiócrata y liberal. Triunfo de la política del laissez faire, laissez passer, sobre los intentos de dirigismo y redistribución del impuesto.

C- La nueva organización del Estado y del Gobierno

En Inglaterra:

La monarquía parlamentaria liberal.
-Predominio del Parlamento. Cámara de los Lores y Comunes.
-La política de los partidos: whigs y tories.
-Las restricciones al sufragio y la organización censitaria.

En los EE.UU

La República federal
-El gobierno federal y sus atribuciones.
- La separación de poderes.
- Las atribuciones de la Presidencia.
- El Congreso.
- El poder judicial.
-El gobierno estatal. Atribuciones.
- Las relaciones de los Estados con el gobierno federal.
-El sufragio universal en gran parte de los Estados.

En Francia
- La Monarquía parlamentaria
- Separación de poderes.
- Atribuciones de la monarquía. El derecho de veto.
- La Asamblea Nacional. Sus funciones legislativas.
- Independencia del poder judicial.
- Limitaciones al sufragio: organización censitaria.

-La República
La Constitución del 93. Sufragio universal, derechos sociales.
La Constitución del 95. El régimen de Directorio.
El sufragio restringido. Organización censitaria.